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Los negocios tradicionales, llevan requisitos que hay que seguir.
Confías plenamente en tu idea y has decidido hacerla realidad y hacerla bien, un proyecto legalizado y que comience a hacer historia, debes seguir una serie de pasos para cumplir requisitos. ¡Te los detallo!
Crear un negocio o empresa.
te mostrare todos los pasos de dos maneras:
La primera, puedes visualizar en esta entrada un resumen de ello; tal como es, «un resumen» con el orden correspondiente a las actividades que tendrás que realizar y que yo te los plasmo aquí en 12 pasos principales, hasta el final de creación y otros 3 adicionales.
La segunda, cada paso será desarrollado de manera individual y extendido en una entrada que podrás encontrar en el blog pasos para crear una empresa o negocio.
1.- Escoger Forma Jurídica
Algunas como: Autónomo, Emprendedores de responsabilidad limitada C.B o Sociedades mercantiles, como S.L, S.A, etc, o sociedades Sociedades, civiles o cooperativas: S.C, etc, según estas formas los pasos y requisitos pueden ser más cortos o largos.
- La Forma de Autónomo; no es necesario escrituras, registros ni solicitud de NIF. los demás pasos tiene que hacerlos.
- La Comunidad de Bienes (C.B); se debe realizar una escritura o acuerdo de sociedad, según el carácter legal llevara o no escritura en registro.
- Las Sociedades mercantiles, civiles o cooperativas como S.L, S.R.L, S.A, etc, llevan implícito varios pasos para legalizarlas.
2.- Certificación negativa del nombre o la denominación de la sociedad.
Es un certificado acreditativo que verifica que no existe otra sociedad con el mismo nombre como el que pretendes constituir, se puede realizar de dos maneras presencial o por web. del Registro Mercantil Central, una vez concedido tienes 6 meses de legalidad y 3 ante notaria, es decir debes realizar los estatutos ante notaria en ese plazo.
3.- Apertura cuenta bancaria de capital social a nombre de la empresa.
Con el certificado, deberás abrir una cuenta bancaria a nombre de la empresa que vas a constituir e ingresar el capital mínimo inicial, según la forma jurídica adoptada, ejemplo para las S.L: 3000€. El banco te dará un certificado del ingreso. El requisito que el banco te solicita es DNI del socio o los socios, el certificado, el capital, y lo siguiente es puro trámite. Nota importante, no puedes disponer del dinero hasta que entregues al banco el alta de la empresa en Hacienda y las escrituras selladas por el registro mercantil. Cuando presentes los documentos al banco podrás usar el capital.
4.- Redacción de los estatutos sociales y constitución de la empresa ante notaria.
Estatutos o escritura, son las normas que rigen a una empresa, puedes encargarlo a un abogado o a la notaría, incluso descargarlo en plataformas. La escritura debe contener como mínimo: La denominación de la sociedad, el Objeto social o actividad a la que se va a dedicar la sociedad, la fecha principio y fin de los ejercicios, el domicilio social, el capital social, las participaciones y como se dividen, valor de cada participación y numeración de las mismas, sistema para administrar la sociedad, régimen de consejo administrativo, cuentas anuales, forma de disolución y liquidación de la sociedad.
Una vez redactado se procede ante la misma notaria la firma de la escritura pública de constitución legal ante notario y todos los socios la notaria te cobra un porcentaje del capital escriturado. Los requisitos que te piden son:
- Escritura (Estatutos) de la Sociedad.
- Original de la Certificación negativa del registro mercantil central
- Certificado bancario del Capital Social.
- D.N.I.o NIE original de cada uno de los socios.
- Declaración de inversiones exteriores (si alguno de los socios es extranjero).
5.- Solicitud provisional de la tarjeta de identificación fiscal, en la agencia tributaria.
Ya firmadas las escrituras, debes trasladarte a Hacienda y primero te darán un provisional (validez 6 meses), así como las etiquetas y tarjetas identificativas. Los requisitos es rellenar el modelo 036/037, la copia del D.N.I del firmante (N.I.E. si no es nacionalizado) y la copia de la escritura de constitución de la empresa que te dieron en la notaría., una vez asignado el N.I.F. provisional, en el plazo de 6 meses debes canjearlo por el definitivo.
6.- Alta en el I.A.E.
Es el Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E) En Hacienda, agencia tributaria. Es la tributación local que grava las actividades de las empresas y profesionales . Necesitas dar de alta los epígrafes IAE según las actividades que vas a desarrollar con el modelo 036. El trámite se realiza, en la agencia Tributaria de tu localidad.
7.- I.V.A. Declaración censal.
Aportando el modelo 036, el N.I.F, de la sociedad, y el documento acreditativo de alta del I.A.E, en Hacienda deben detallar cuando es el inicio de la actividad. El alta del I.V.A debe ser presentado por empresarios, autónomos, profesionales y todos aquellos con obligaciones tributarias.
8.- Inscripción en el Registro Mercantil.
El siguiente paso es inscribir la escritura de la empresa en el Registro Mercantil de la provincia del domicilio social. Para ello, tienes un plazo de dos meses desde la obtención de la escritura de la constitución ante notario y necesitas los siguientes documentos.
- Escritura de constitución de la Sociedad, copia auténtica te la dan en Notaria
- La Certificación negativa de la denominación social.
- Actos Jurídicos Documentados.
- D.N.I. del administrador
- Copia del N.I.F. Provisional.
9.-Solicitud de N.I.F Definitivo.
Es el cambio de la tarjeta de identificación fiscal provisional por el definitivo, debes dirigirte nuevamente a Hacienda con el certificado de que ya es efectiva la constitución de la sociedad ante el Registro Mercantil, y te darán el definitivo. Que es el mismo, solo que, en el certificado se coloca definitivo. En este paso la creación de la empresa ya es oficial.
10.- Alta en la Seguridad Social.
Los socios o por lo menos el administrador deben de darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, esto en la oficina de la seguridad social de tu localidad, también debes solicitar el número de Patronal (código de la empresa en la seguridad social ), lo necesitas para el alta de empleados.
Finalizado todos estos trámites la empresa es legal, pero para abrir las puertas tendrás que pasar por el ayuntamiento para: Licencia de apertura, libro de visitas.
11.- Licencia de apertura: Ante el ayuntamiento.
12.- Libro de visitas, estos una vez comprado se sellan en el ayuntamiento.
13.-Certificado Electrónico, (Firma digital) para todo el tema fiscal: las notificaciones, pagos presentaciones telemáticas en agencia tributaria, organismos públicos y estatales. Te facilitara muchos tramites posteriores
14.- Obtener los Libros de sociedades y legalizarlos.
esto ya puede hacerse a posterior, pero debes tenerlo en cuenta para tu cierre anual y para legalizarlos hay que llevarlos al Registro Mercantil. (no los olvides).
15.- Marca, Registro de Marca
Tienes una Marca o quieres proteger tu idea, Marca, signo distintivo, este trámite ante la Oficina Española de Patentes y Marcas O.E.P.M.
¡ Titánico verdad !, lo se, parece difícil, pero son trámites que se hacen sin complicaciones, por mucho que contrates a un gestor, siempre tendrás que ir tú a las oficinas, ya que eres tú quién debe firmar, por lo que tu paso por ellas es si o si.
Bueno recuerda que esta entrada es un resumen, ahora verás que cada paso, sus formas, requisitos y mejor explicación los detallo en otras entradas.
Si te a servido de ayuda, no olvides comentar o compartirlo, como siempre GRACIAS
Johanna Martínez
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